El objeto del Anteproyecto de Ley (APL) del gobierno español es transponer dos Directivas comunitarias:
• Directiva (UE) 2018/851, de 30 de mayo de 2018, por la que se modifica la Directiva 2008/98/CE sobre los residuos. Plazo de transposición: 5 julio 2020.
• Directiva (UE) 2019/904, de 5 de junio de 2019, relativa a la reducción del impacto de determinados productos de plástico en el medio ambiente. Plazo de transposición: 3 de julio 2021
Asimismo, el APL revisa y actualiza el régimen jurídico aplicable a los residuos y a los suelos contaminados establecido en la Ley 22/2011, de 28 de julio, la cual se deroga.
Todo ello con el fin de garantizar la protección del medio ambiente y la salud humana mediante la prevención o la reducción de la generación de residuos y de los impactos adversos de su generación y gestión; la reducción del impacto global del uso de los recursos y la mejora de la eficiencia de dicho uso, y promover la transición a una economía circular con modelos empresariales, productos y materiales innovadores y sostenible; contribuyendo al cumplimiento de varios ODS y a la vez garantizar el funcionamiento eficiente del mercado interior y la competitividad de España a largo plazo.
Lo que dice el borrador del anteproyecto de ley de residuos y suelos contaminados es que se aplicara un impuesto de 0,45 €/kg a los envases de plástico no reutilizables. Es decir, los reutilizables (biodegradables o no) quedarían exentos. Este documento no especifica que queden exentos los materiales biodegradables no reutilizables, pero distintas asociaciones están haciendo gestiones acerca del gobierno para que los polímeros biodegradables queden exentos, como así sucede en otros países de Europa.
Link para ver el borrador:
https://www.miteco.gob.es/es/calidad-y-evaluacion-ambiental/participacion-publica/200602aplresiduosysc_informacionpublica_tcm30-509526.pdf
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